Un beneficiario de una donación que reside en Pcia de Buenos Aires recibirá un inmueble sito en CABA. ¿Es posible, a los efectos de liquidar el impuesto cargar en el sistema una partida inmobiliaria de un inmueble sito en CABA?
El ITGB alcanza a todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o beneficie a personas humanas o jurídicas con domicilio en la misma.
Por lo tanto, si el beneficiario tiene domicilio en PBA y el inmueble está en... >
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Ley Impositiva para el Año 2017. Principales Modificaciones
30 de enero de 2017
,por Santos Romero, Analía
1.
INTRODUCCIÓN
Como todos los años, se aprobó en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva para el año 2017 y las modificaciones al Código Fiscal, mediante la publicación de la Ley Nº 14.880 (Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 02/01/2017).
A través de esta norma se aprobaron las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos, del impuesto de sellos y del impuesto a la transmisión gratuita de bienes vigentes para el año 2017. Asimismo, se introducen modificaciones al Código Fiscal vigente.
Entre las principales modificaciones... >
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Resolución Normativa Nº 28 (A.R.B.A.)
Artículo 321 bis del Código Fiscal. Resolución Normativa N° 22/13 y modificatorias. Pago en hasta diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Por medio de esta norma se sustituyen los párrafos primero y segundo del artículo 2º bis de la Resolución Normativa Nº 22/13 (texto según Resolución Normativa N° 69/14), a fin de establecer que el contribuyente podrá optar por la modalidad de pago en hasta diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, prevista en el artículo 321 bis del Código Fiscal -Ley Nº 10397... >
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¿Cuál es la alícuota del Impuesto a la transmisión gratuita de bienes en la Pcia. de Bs.As de un inmueble Valor Fiscal $ 660.000? ¿Dónde puede encontar este dato en DentroDe?
El artículo 62 de la Ley Impositiva para el período fiscal 2013, Ley Nº 14.394, fija las siguientes escalas de alícuotas del impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.
Por ejemplo: en el caso de padres, hijos y cónyuge: Para una base imponible de $ 500.000 Hasta un $ 1.000.000: Impuesto fijo $ 20.656 alícuota de 4,5250% sobre el excedente de $ 500.000.
Esta información la puede... >
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¿Quién es el sujeto a ingresar el impuesto a la transmisión gratuita de bienes?
¿La exención del pago del impuesto es cuando la base de calculo no supera los 250.000? Si supera los $ 250.000, la alícuota para determinar el impuesto se aplica sobre el excedente?
Está obligada al pago del tributo la persona que se beneficia con la transmisión, es decir, quien recibe los bienes gratuitamente.
El monto del mínimo no imponible para cada beneficiario, se elevará a la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) cuando se trate de padres, hijos y cónyuge.
Cuando se... >
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Cada uno de los integrantes de una familia recibió un seguro de vida colectivo de esposa/madre, cada uno cobro $22.000, ¿deben presentar la declaración jurada por transmición gratuita de bienes?. ¿Para reclamar retenciones bancarias previamente debe presentar dicha declaración o no tiene nada que ver?
En respuesta a su consulta le informamos lo siguiente:
Están alcanzados los enriquecimientos a título gratuito en transmisiones entre padres, hijos o cónyuges, cuando superen la suma de $ 250.000. Aunque la transmisión no alcance los montos establecidos, debe realizarse... >
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Una persona fisica empleada que obtuvo un seguro de vida y falleció, ¿para cobrar tal seguro su esposo debe presentar declaracion jurada sobre el impuesto a la transmisión gratuita de bienes? ¿se puede pedir exención?
Están alcanzados los enriquecimientos a título gratuito en transmisiones entre padres, hijos o cónyuges, cuando superen la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000). Aunque no se debe pagar el impuesto, se debe generar la decclaración jurada respectiva a los efectos de que quede constancia de la transferencia. >
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Para realizar una declaracion jurada del impuesto a la transmisión gratuita de bienes por un seguro de vida de una persona fallecida ¿se debe presentar aún cuando no se deba pagar el impuesto por ser un monto menor? ¿que se informa en fecha de percepcion de poliza y fecha acto poliza, aún los beneficiarios no cobraron nada?
Aunque la transmisión no alcance los montos establecidos para pagar el impuesto, debe realizarse la declaración jurada a los fines de quedar registrada. En ese caso, el aplicativo no dará comprobante de pago, sino una constancia de presentación y la... >
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21 de noviembre de 2011
,por Santos Romero, Analía
Ante un acervo sucesorio que formado por inmuebles, dinero, y participaciones societarias, en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires ¿qué impuesto se tributa? ¿quíen debe ingresar el impuesto?
El impuesto a la trasmisión gratuita de bienes de la Provincia de Buenos Aires es un impuesto provincial que grava todo aumento de riqueza a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza.
El obligado al pago del impuesto es la persona que se beneficia con la transmisión, es decir, quien recibe los bienes gratuitamente.
Para que la transmisión... >
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28 de septiembre de 2011
,por Santos Romero, Analía
Las donaciones dinerarias realizadas de una persona fisica o otra en CABA, se encuentra gravada por algún impuesto, tanto para el que dona como para el que la recibe?
El impuesto a la transferencia gratuita de bienes sólo rige en la Provincia de Buenos Aires. >
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27 de septiembre de 2011
,por Roger, Sandra Cristina
¿A quién le corresponde pagar el impuesto a la transferencia gratuita de bienes en la provincia de Buenos Aires? ¿al donante o al beneficiario?
Según la Ley N° 14.044 de la provincia de Buenos Aires establece que están alcanzados al impuesto a la trasmisión gratuita de bienes los beneficiarios en virtud de una herencia, legados, donación. >
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Diez Preguntas y Respuestas para Entender el Funcionamiento del Impuesto
15 de abril de 2011
,por Miani, Gastón Armando
1. INTRODUCCIÓN
El impuesto a la transmisión gratuita de bienes (ITGB) es un tributo que ha estado vigente en nuestro país desde la época colonial en diferentes períodos de tiempo.
En la Provincia de Buenos Aires fue derogado a partir del 1º de enero de 1976, por el Decreto–Ley Nº 8.604/76, conjuntamente con la derogación de su similar nacional por Ley Nº 21.282.
En 1995, la Ley Nº 11.612, de educación provincial, dispuso la creación del ITGB {“...cuyo objetivo sea gravar todo aumento de riqueza a título gratuito, incluyendo: herencias, legados, donaciones,... >
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